Plazo de la Resolución:
La Resolución de Reconocimiento de la situación de dependencia se conocerá en el plazo máximo de SEIS meses desde el día de entrada de la solicitud.

Notificación:
La resolución se comunicará, a la persona interesada o a su representante, a través de correo postal (carta) al domicilio indicado en la solicitud a efecto de notificaciones.

Validez:
El reconocimiento de la situación de dependencia es válido en todo el territorio nacional.

¿Qué información recoge la resolución?
- El grado de dependencia reconocido.
- El Programa Individual de Atención, que contempla los servicios y prestaciones adecuadas, a su grado de dependencia y a su situación sociofamiliar.
- El reconocimiento del derecho a percibir la prestación económica y/o servicio que la persona haya elegido, si se encuentra entre las que el Programa Individual de Atención contempla.
- Las condiciones de acceso al servicio y/o prestación económica concedido/a.
¿Se puede solicitar la revisión de la Resolución de la dependencia?
Sí. Se puede solicitar revisión, tanto del grado de dependencia, como de las prestaciones económicas y/o servicios, y modificarse: en función de la evolución de la situación de salud de la persona, de su situación sociofamiliar, y/o de las variaciones de cualquiera de los requisitos establecidos en el reconocimiento de las prestaciones económicas.